Avalúos Comerciales Inmuebles Propiedades: Casas, Apartamentos, Lotes, Edificios, Bodegas, Locales, Oficinas, Fincas, Terrenos. Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla

Certificados por el Registro Abierto de Avaluadores -RAA-


y comenzamos con el tercer ciclo de pláticas magistrales por parte de cobo máster en derecho por la universidad la comisión honorífica especialista en valuación inmobiliaria de lanzador forma de coahuila con la especialidad de evaluación y movilidad y maquinaria de parte de la escuela de cine también especialista en función de la marcha de enología es perito oficial de bienes inmuebles es médico oficial del servicio de alimentación es maestra de cantera actualmente es presidenta de políticas tan de valor de carta de ella la verdad le agradezco mucho la invitación a la federación de colegio de valuadores aunque nuestro colegio forma parte y de compartir un poquito en la experiencia que todos tenemos efectivamente mi primer más vez derecho fiscal y pues como todos verdad finalmente como ciudadanos tenemos la preocupación de que pues este tema se ha solventado siempre de la mejor manera entonces él coincide nuestra labor como evaluadores en el tema fiscal y yo creo que antes que aprendamos o repasemos cómo se hace un avalúo para efectos fiscales necesitamos tener las raíces de donde viene y por qué tenemos que hacer eso y sobre todo qué repercusiones tiene o qué penas si lo hacemos de manera equivocada eso lo muestro pero ligeramente porque no los quiero asustar pero también conocer un poquito este tema me voy a ir a hacer un análisis legal y bueno pues como sabemos en el análisis de mayor conocimiento hasta llegar al menor me voy a ir hasta nuestra ley fundamental de donde nace todo esto no estoy haciendo un tipo de preguntas para que este sea un poquito más fácil de que entendamos por qué y para qué pagamos impuestos y empezamos con un trascendental artículo constitucional después de las garantías individuales que fueron nuestros primeros 29 artículos empieza con la parte orgánica y empezamos con las obligaciones el artículo 31 constitucional habla de la como mexicanos la fracción cuarta romano dice contribuir para los gastos públicos así de la federación como de los estados de la ciudad de méxico y del municipio en que retira la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes y resaltó como ahí estas se resaltó con su propio quién está haciendo esta nariz como primeras palabras contribuir porque de ahí viene la palabra de contribuyentes gastos públicos es a dónde se va lo que nosotros contribuimos y que sería un gasto público aquellos gastos que vamos a necesitar todos por vivir en sociedad llámese policía pavimento e inclusive sueldos y salarios de los empleados al servicio de la federación del estado del municipio y toda naturaleza de gastos que no sean personales todo va a ir ahí y a quién le vamos a pagar porque hay coincidencia puede haber material federal puede haber materia estatal puede haber materia municipal la misma constitución determina las materias es claro en decir que materia son derechos federales qué materias son municipales y por excepción la del estado así es como lo trata nuestra constitución ahorita no vamos a ahondar en ese tema aquí pongo el artículo 31 porque es el fundamento máximo de pagar o de contribuir al gasto público sin embargo hago la observación porque dirían que injusto que sólo los mexicanos si en nuestro país también viven extranjeros hay una salvedad finalmente en el código fiscal también dice que los extranjeros tienen obligación de contribuir pero también tendrá que hacer eso como forma en los tratados internacionales de los que méxico forma parte normalmente se trata de un principio de fuente de riqueza es decir si la fuente de riqueza del extranjero se ubica en territorio nacional ellos tendrán obligación de pagar impuestos a nuestro país si la fuente de riqueza es del extranjero pues pagará el impuesto en el extranjero aunque residan en nuestro país es importante también el concepto de residencia verdad por eso ahí estamos incluyendo a los extranjeros a aquellos que tienen más de 180 días viviendo en nuestro país ya pueden adquirir una residencia o tienen calidad de residentes muy bien bueno ahora siempre decimos que pagamos impuestos y es nuestra palabra general y preguntaríamos todo lo que pagamos al fisco se llama impuestos pues resulta que no entonces el artículo 2 del código fiscal nos dice las contribuciones se clasifican en impuestos aportaciones de seguridad social contribuciones de mejoras y derechos y aquí más adelante nos da la definición entonces el género es las contribuciones lo que nosotros pagamos son contribuciones y son diferentes el impuesto también es el caso de excepción lo que no es aportación de seguridad social contribución de mejorar o derecho entonces es un impuesto y vámonos al texto de este mismo artículo 2 en las siguientes nos dicen aportaciones de seguridad social de los impuestos al final por las causas que ya te mencioné aportaciones de seguridad social contribuciones establecidas en ley a cargo de personas que son sustituidas por el estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social o las personas que se benefician en forma especial por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo estado ejemplo pago de cuotas obrero-patronales resulta que la contribución la constitución pero la misma nos dice que todos aquellos que somos patrones tenemos obligación de dar seguridad social a nuestros trabajadores de tal suerte que poseería imposible para cada uno de nosotros puede darle hospital médicos de especialidad guarderías y no se diga pensiones y demás entonces el estado llamamos al estado al gobierno mexicano en este caso para sustituir nos motivo por el cual por hacer esa sustitución le pagamos proporcionalmente cuotas obrero-patronales porque la obligación es directa nuestra entonces estas son las aportaciones de seguridad social fracción segunda en el artículo 2º del código fiscal federal siguiente contribuciones de mejoras y de esto normalmente nos enteramos en nuestra labor de evaluación inclusive somos socorridos por los gobiernos ya que a federal o municipal para hacer cálculos de indemnizaciones en su caso porque podrían ser obras ampliaciones de avenidas o de obras de infraestructura hidráulica por los cuales van a necesitar a veces pagar subsidiar algunos gastos a los propietarios de iguales sobre los cuales va a pasar las obras pero qué pasa con aquellos que no es a corto pero a lo mejor a mediano y largo plazo son beneficiados por esas obras porque si bien es cierto a veces somos afectados a veces somos beneficiarios entonces los beneficiados normalmente hay un decreto federal o municipal o estatal dependiendo de la obra y entonces nos van a obligar al pago de una contribución especial normalmente esa es la contribución de mejoras son las establecidas en ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien de manera directa por obras públicas claro que repito en un principio pues el clamor y la queja del contribuyente es decir pues cual beneficio tengo me va a pasar una bebida encima pero ahorita mi negocio ni siquiera puede funcionar porque no puede llegar y además me van a cobrar una contribución especial por este situación sin embargo pues es establecido en ley esa contribución especial que se llama de mejores la siguiente serían los derechos también estamos muy acostumbrados a pagarlo lo hacemos prácticamente a veces hasta a diario si nos estacionamos en un edificio que sea propiedad del gobierno federal estatal o municipal si requerimos una licencia de conducir si sacamos un acta de nacimiento o entramos a un museo propiedad de alguno de los gobiernos lo que pagamos se llama derechos es una confusión pues porque ese derecho de que bueno pues así se llame esta contribución es uno de los cuatro tipos de contribuciones que hay y entonces son contribuciones establecidas por el uso aprovechamiento de los bienes del dominio público como les digo en el caso por ejemplo de museos o cualquier otro edificio así como por recibir servicios que presten estado en sus funciones de derechos públicos les pongo unos ejemplos abajo que ya lo mencionamos licencia de conducir activa el registro civil visitas a museos edificios públicos todos esos tipos de contribuciones se llaman derecho y por último siguiéndole el slide vienen impuestos que nosotros usamos impuestos como el género que aquí repetimos es una especie de contribución entonces son contribuciones establecidas en la ley que deben de pagar personas físicas y morales es muy importante resaltar eso que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma entonces si encontramos muchos impuestos por comprar por arrendar un inmueble que se encuentra para un uso comercial por adquirir algún servicio o adquirir algún bien que no es de canasta básica pagamos un iva pagamos un precio muy generalizado por inclusive percibir un salario por percibir un honorario entonces nos encontramos en una situación jurídica la ley establece que no es mi aportación de seguridad social no es contribución de mejora ni el derecho por exclusión el impuesto y nos encontramos en la situación aquí tenemos unos ejemplos nsr el iva el impuesto especial sobre producción y servicios aquellos que fuman un cigarrillo o que beben alguna bebida alcohólica o azucarada pues estos son del famoso years y no sabemos ni que lo estamos cantando pero lo estamos pagando inclusive la gasolina que todos los días ponemos a nuestros vehículos entonces esos si son impuestos por caer en una situación que bajan la ley la situación especial ahora sí siguiente como vemos de esas cuatro contribuciones que son la clasificación general cuál es la más importante fíjense de la gráfica de país la que ocupa madrugar y puestos quedan en segundo lugar las aportaciones de seguridad social que también son muy importantes prácticamente los patrones para alrededor del 30 por ciento de los sueños que pagan a sus empleados de aportaciones de seguridad social contribuciones de mejora casi ni serio y los derechos prácticamente son en tercer lugar entonces ahora de los impuestos que son el mayor grado de ingresos para las arcas gubernamentales vamos a ver qué impuestos es el más importante y es una gráfica de fuente de la secretaría de hacienda que dice el impuesto sobre la renta sigue siendo la principal fuente de ingresos para el fisco obviamente estamos hablando del fisco federal actualmente representa el 58 por ciento de los ingresos tributarios pero su crecimiento ha sido más macro ante la falta de liquidez de personas y empresas para cumplir con sus obligaciones instales pero por actualmente posaron han aumentado las penas por ese incumplimiento aquí vemos los años desde el 2012 13 hasta el 2018 en miles de millones de pesos 126 mil 574 40 entonces el sdr es el de mayor fuente y que vamos a ver la siguiente gráfica es que gravan los ingresos de las personas físicas y morales aquí vamos a centrarnos a las físicas porque ahí vamos a caer ya nos estamos yendo de lo general y ya estamos cayendo en lo particular y a las físicas porque actividades nos da pues prácticamente por todo por recibir salarios por realizar actividades empresariales y profesionales con horarios arrendamiento de bienes inmuebles o muebles enajenar bienes adquiridos e inmuebles también en las generaciones ingresos por dividendos entre otros hay algunos otros regímenes dentro de la de la misma ley granma no a lo mejor un poco menos y de manera especial en las personas morales no tienen otro concepto pero básicamente son dos grandes ramas de la ley del impuesto de la renta personas físicas y personas morales y ahí caemos todos los que prácticamente van a requerir nuestros servicios especializados como evaluadores es aquellos que en las cenas vienes y lo hacen de manera esporádica y que sean personas físicas por eso lo tenemos aquí resaltado la pregunta entonces a las personas morales les podemos hacer avalúos cuando van en la que también es pues si son comerciales la respuesta sería así para que sepan el valor del bien para efectos fiscales no no les funcionan los a verbos para efectos fiscales y referidos porque la el fisco está entendiendo que todos los costos pues estarán en facturas de adquirir materiales o la prestación de servicios por ponernos vea lo mejor es eléctricas instalaciones hidráulicas o de cualquier otra naturaleza aires acondicionados y demás lo tendrán que pagar y tendrán que tener sus facturas o certificados fiscales digitales por esos servicios por lo cual solamente nos va a dar la oportunidad y eso a través de las personas físicas de horita vamos a ser más específico siguiente cómo se calcula en términos generales del impuesto sobre la red y amo esta puntuación y hago este análisis porque normalmente como evaluadores recibimos la película incompleta simplemente nos solicitan nuestros servicios para evaluar un bien a una determinada fecha y realmente no entendemos la trascendencia que va a tener para el particular ni las consecuencias entonces lo básico que tendríamos que saber es cuánto estaría pagando y cuánto puedo yo auxiliar si es que se da el caso en este sentido primero como para concienciar en términos generales tengo un ingreso de cualquier naturaleza por honorarios por salarios por arrendamiento lo que sea esto es nada más un cálculo genérico que lo mismo le va a pasar a los que reciben ingresos por enajenar bienes tengo mi ingreso le voy a restar las deducciones autorizadas y eso es muy importante que sepamos porque normalmente uno piensa si yo me gasto en determinados conceptos pues eso debería de reducir por eso pongo autorizadas porque para el fisco no todo lo que nos gastamos en él entonces sólo que yo autorizado que me va a dar una ganancia o pérdida obviamente si tengo perdidas ya no hago ningún cálculo solamente hará el cálculo en el caso de que tenga una ganancia resaltado con amarillo en el caso específico se señala una tabla que marca el artículo 152 de la ley del impuesto sobre la renta que viene por columnas más a ratitos lo vemos pero las columnas tienen un límite inferior y un límite superior en donde vamos a situar nuestra ganancia le vamos siempre a restar el límite inferior le vamos a multiplicar el porciento de la propia tabla que vendrá en el mismo límite de inferior y superior y le vamos a sumar una cuota fija operaciones mentalmente matemáticas tomas multiplicaciones aquí no hay ninguna división bueno si hay una división ahorita la vamos a ver en el caso de la relación y el resultado obviamente ya es una cantidad de apagar el disco lo considera un crédito fiscal todo aquello que tenemos obligación de pagarle al fisco es un crédito y siempre que tengamos un crédito va a tener una temporalidad para pagar si no lo paramos en esa temporalidad el cisco primero nos va a cobrar lo que son accesorios recargos de las contribuciones multas gastos de ejecución y al último el crédito porque se hace una bola muy grande si no lo pagamos el tiempo y el fisco va a decir pues yo siempre tendré un crédito fiscal por eso es tan importante atender una vez que caemos en estos conceptos a pagar nuestro crédito fiscal en el tiempo preestablecido muy bien en la siguiente la ahora que se puede deducir de los ingresos por enajenación de bienes como personas físicas ahora vámonos al caso especial nos olvidamos de los otros conceptos por los que podemos percibir ingresos y vamos a atender a la persona que va a ser nuestro cliente para entender qué es lo que le está pasando y le dice bueno yo tengo un ingreso y mi ingreso va a ser una cantidad determinada con de forma libre con un comprador en este caso que ya llegamos a un precio esta es la cantidad a declarar como ingreso muy bien y recordarán que teníamos deducciones autorizadas en el caso específico de persona física que está enajenando un inmueble va a decir primero de dulces el costo es decir tu valor de adquisición que venga en una escritura con la novedad ahora de cuando entraron los certificados fiscales digitales no tan solo en la escritura tendrán que acompañar el certificado fiscal digital a partir del 2015 si mal no recuerdo para que el costo que viene en escritura sea utilizado como deducción autorizada si no tendrán costo cero ok acompañado si lo adquirí del 2015 en adelante con el famoso cc de él desde tostón que venga en la escritura si es un solo terreno el terreno se ajusta conforme el índice nacional de precios al consumidor y ahorita hablamos un poquito más de eso si es construcción internet no obviamente las construcciones siempre se van a depreciar al 3% anual y posteriormente se ajustan igualito que el terreno conforme al índice nacional de precios al consumidor qué más puedo deducir que estoy autorizado deducir resaltado como mejores o adaptaciones que impliquen inversiones deducibles y este es el fundamento de nuestros avalúos entonces de este artículo 124 su fracción segunda resaltamos que puede resultar que aquellas personas físicas que no tienen cómo justificar esas mejoras o adaptaciones nos van a solicitar la práctica de un avalúo referido a la fecha en que las termine para poderlo utilizar como una deducción fiscal más adelante vemos los requisitos que más puede deducir la persona física que vayan a genaro y 9 los gastos notariales impuestos y derechos pagados por escrituras de adquisición o de enajenación hay estados con los que a los vendedores también los incluyen pagar e inclusive honorarios cuando están vendiendo el nuevo león el uso es que lo pague que adquiere la ley dice que en realidad debería de ser prorrateado o dividido a mitad y mitad a entre comprador y vendedor pero el uso hay cada otra cosa y alguien en nuestro estado el que compra pagan todos sus impuestos y derechos por adquirir y es que vende solamente paga el impuesto sobre la renta del que estamos hablando también para arrestar el costo del avalúo motivo por el cual tendremos que expedir nosotros como evaluadores el famoso cfd y si no tampoco lo para poder deducir el enajenante del inmueble comisiones y mediaciones aquellos que ejerzamos también alguna labor de intermediación en la venta también nuestro csd y el deducible para el enajenante por eso legítimamente no lo pueden pedir entonces aquí de forma exhaustiva vienen todos los conceptos que pueden deducir o restar de forma autorizada los que nacerán un inmuebles a partir del precio que recibe muy bien que creen que va a resultar después de restar estos estos deducciones pues una ganancia verdad podría ser podría ser una pérdida pero normalmente va a ser una ganancia y a partir de la ganancia entonces aplicamos la tarifa o la tabla que ese ratito mencionado siguiente ahora un poquito de regreso a la anterior por no es ante lo que dice inversiones porque no todo lo que se gasta en los inmuebles es una inversión de repente habrá alguien que me dice hola es que yo no es una inversión que implique una adaptación una mejora que le dé un valor mayor al igual los gastos de conservación los desmontes en los terrenos y de esa naturaleza no son deducibles entonces es importante que entendamos que sólo aquello que es una inversión que le agrega valor al terreno oa la construcción de siguiente y ahora a aquella persona física quiere comprobar el costo de esas inversiones y la pregunta sería cómo se compruebe el costo de esas inversiones en construcciones mejoras y ampliaciones son tres cosas totalmente diferentes el artículo 205 del reglamento de la ley de la srm dice que cuando el costo no comprobado de las construcciones mejoras y ampliaciones se va a poder hacer lo siguiente para efecto del 121 fracción segunda que fue el que leímos anteriormente parafraseado cuando el enajenante no puede comprobar el costo de inversiones hechas en construcciones mejoras y ampliaciones del inmueble se considera como costo número uno el valor que se contenga en el aviso de terminación de obra en el estado de nuevo léon ese aviso de terminación de obra no contempla cantidad alguna que diga el costo y creo que escasamente en algunos estados de nuestro país podría mencionarse sin embargo aunque en algunos estados se mencionara el costo en este aviso de terminación de obra normalmente tienen la precaución de mejor usar el punto número 2 una luz porque sienten más certeza de valor y dicen las autoridades fiscales es decir el fisco va a estar atento a podrán ordenar practicar o tomar en cuenta el avalúo de las inversiones por los conceptos mencionados queridos y ahí viene nuestra palabra a la fecha que las construcciones mejoras y ampliaciones del inmueble se hayan terminado entonces aquí nos está dando todos los conceptos persona física que no tiene cómo demostrar el costo de construcción mejora ampliación a partir de cuando de que las términos todos estos conceptos obviamente deberán ser una manifestación ante nosotros los valuadores como nuestro dictamen de evaluación va a tener un impacto fiscal la recomendación sería pidan siempre una solicitud de servicios porque prácticamente la fecha aún a pesar de que tengamos un indicio pudiera fallar entonces la recomendación es que el contribuyente manifieste bajo protesta de decir verdad cuando terminó esas construcciones si nos vamos al caso de terrenos porque habla de inmuebles no hable de casas un inmueble es un terreno y sin una mejora y sea un corte y nivelación de terreno por más experiencia que tengamos les aseguro que no vamos a saber en qué año fue hecho entonces la única manera de determinar que el propio contribuyente no lo de entrar en nosotros y hacer esa manifestación a través de una solicitud de servicios con el cual él se está comprometiendo junto con nosotros a la veracidad del vital a lo mejor nuestra experiencia evaluación a nuestra experiencia y construcción sería más sencilla si es una ampliación ya lo mejor vemos algún tipo de piso algún tipo de ventanas que nos dé un indicio del año en la que fue realizada a lo mejor una con tanta precisión pero más o menos podemos decir es de la década de los 80 esta construcción estos ventanales se usaban en los noventas y eso nos de un indicio porque porque a veces vamos a encontrar un único documento que es un certificado de valor catastral que refleja una fecha de construcción es la fecha en la que pidieron el permiso cuántos contribuyentes nos encontramos con que piden permisos de sus obras inclusive años antes de que la realiza y quedó asentada inclusive el impuesto predial se los cobraron por una construcción que nunca realizar o que realizarán muchos años después con un permiso renovado entonces si nos vamos al inicio que traen el permiso de construcción o que nos trae el avalúo catastral pues a lo mejor no es verdadero lo mejor es la inspección y la manifestación repito a su protesta de decir verdad que nos está diciendo el contribuyente aquí nos vamos a creer obviamente que si ustedes dicen hola hice hace dos años y ustedes veinte desde los años de los ochentas sería recomendable que se condujera con verdad y un interés no quieren hacerse a balón que creen que no es correcta la fecha que está diciendo y no atiende a la recomendación pues sería evitar hacerlo verdad porque las consecuencias fiscales son muy importantes cuando por cualquier causa los contribuyentes no pueden comprobar el costo de inversiones en construcciones mejoras de ampliaciones realizadas un inmueble podrán considerar como un costo de dichas inversiones ya nos habla de un porcentaje el 80 por ciento del valor de las construcciones que de reporte del avalúo que al efecto se practique referido a la fecha en que las mismas inversiones fueron terminadas tomando en consideración la antigüedad que el citado avalúo reporte entonces ya no es de otros mandatos tenemos que tomar un valor tenemos que determinarlo a un 100% y tenemos que mandarlo a la historia a qué fecha a la que nos manifieste el solicitante de lipán muy bien siguiente ahora para poder calcular vámonos al caso específico como usted calcule el pago provisional de 10 de enero por enajenación de bienes como personas físicas que son el contribuyente al quien vamos a ayudar es decir es nuestro cliente y dice el artículo 126 pago provisional por enajenación de bienes los contribuyentes que obtengan ingresos por la enajenación de bienes inmuebles efectuar pago provisional por cada operación que lo que nos está queriendo decir es la persona física que nace en un bien no se dedican a generar bienes fue una actividad esporádica yo en este año decidí vender mi casa o una de las casas que yo tenía o un departamento o un terreno que tenía yo soy profesionista independiente y recibo honorarios o soy arrendador de inmuebles o soy varias cosas al mismo tiempo resultó que en este año estoy vendiendo un inmueble no me dedico por eso se paga el impuesto por operación y es un pago provisional a cuenta del arma que voy a juntar todos los demás ingresos que tengo en el año y que voy a hacer voy a aplicar la tarifa de la que hablábamos hace rato que se determine conforme al siguiente párrafo a la cantidad que se obtenga de dividir la ganancia se acuerda que dijimos presión menos deducciones si me sale un saldo positivo tengo una ganancia entonces aquí me dice una ganancia la voy a dividir entre los años transcurridos entre la fecha de adquisiciones de la legislación yo lo compré en el 2012 para el 2019 tengo siete años divido la ganancia en 37 sin exceder de 2020 en nuestro tope el resultado que se obtenga conforme a este párrafo se multiplicará por el mismo número de años en que se dividió los mismos siete los multiplicó al final siendo el resultado el impuesto que corresponda al pago provisional aquí está muy pobremente redactado el artículo porque para efectos de cálculo realmente una vez que uno divide la cantidad entre el número de años habrá que aplicar la tabla que platicábamos ahora menos límite inferior por el porciento más la cuota fija lo que resulte por el número de años que lo habíamos dividido aquí les dije aquí si entra una división se acuerda que al tratarse ratito hicimos una multiplicación queda bueno aquí entró una división que nos ayuda más a tratar cabe mencionar que la tabla del impuesto sobre la renta es una tabla progresiva el menor que paga impuestos nos dice de 0 a 5 mil iba a pagar el 3% y luego nos va a decir de 5.000 a 10.000 o 15.000 de 15.000 a 20.000 y así es parcial y el porcentaje mayor la tabla de esas 35 imagínense 35 de nuestros ingresos menos nuestras deducciones autorizadas por eso es tan importante vigilar nuestras deducciones entonces esta tabla progresiva entre más sano más paro entre menos gana menos paga por eso es esta circunstancia de tratando de deducir lo mayor como lo mencioné siguiente ahora cuando se realizó una valor referencial originó cuando se enajenó y bien y el enajenante no puede comprobar el costo de adquisición de las construcciones cuando se realizan mejoras o ampliaciones en inmuebles casas terrenos edificios locales comerciales bodegas y no se tiene comprobante por dichas obras por eso les mencionaba que solamente cabe a las personas físicas digamos que olvidamos pedir esos comprobantes honestamente y viendo los cambios fiscales que están dando nuestro país yo creo que dentro de muy poco podamos ya no tener el uso de estos valores referidos porque normalmente estamos atendiendo a comprobar todos nuestros gastos a través de certificados fiscales digitales entonces por qué tendría yo no guardado gastos son los que pague por hacer un corte de terreno lo lógico sería que se hubiera pagado un corte del terreno si hubiera costado un millón de pesos pues algún lado lo sacaste y pagué con una factura por eso les digo que creo que dentro de muy poco tiempo podría dejarse de utilizar esta metodología pero bueno por lo pronto aquí estamos usando la verdad las personas morales como lo mencionamos no les creen el hecho de que hayan hecho un gasto sin que tengan un comprobante fiscal digital o una factura en ese momento por eso pues a veces no es tan bueno tiras facturas por ahí decimos y köhler pues ya pasaron cinco años tiran los de lugares pues tratándose de inversiones de hechas a construcciones guante reynoso pues no las tienes porque pues van a hacer tu comprobante como luego hay que deducir posteriormente verdad y si eres persona moral pues mucho menos el siguiente ahora sí vamos al artículo 3º del reglamento del código fiscal federal y nos habla en términos generales de los avalúos fiscales aquí no estamos ya viendo el caso específico de los de nación acción mesa ni porque queremos saber el fundamento del por qué existan es un fiscal en general y un fiscal con efectos de avalúo referido dice los avalúos que se practique para efectos fiscales tendrán vigencia de un año yo creo que es la única legislación que hablan del de nuestros avalúos contado a partir de la fecha que se emita para lo cual las autoridades fiscales aceptarán los avalúos en relación con los bienes que se ofrezcan para garantizar el interés fiscal hasta otro motivo por el cual nos pueden pedir avalúos resulta que alguien tiene un crédito fiscal como los que dijimos hace rato y no lo pago en tiempo y le pide paz a la secretaria de hacienda y crédito público alza que dice también oportunidad de pagarte lo yo te lo voy a pagar normalmente el fisco dice ok vamos a llegar un convenio pero garantiza me como si fuera banco que me lo vas a pagar para lo cual nos van a pedir como evaluadores a lo mejor valorizar cualquier clase de inmuebles inclusive marcas o negocios en marcha o cualquier otra cosa si es una persona moral que también podría hacer garantizaré de pista o cuando sea necesario contar con un avalúo en los términos de lo previsto en el capítulo tercero el título quinto del código y este capítulo tercero título quinto habla del procedimiento administrativo de ejecución que podría derivarse precisamente de que alguien que el vídeo más dijo dar la oportunidad de pagar un crédito plazos te lo garantizo resulta que no lo pago y cuando van a ejecutar el fisco de inmediato no es como cualquier otro juicio ejecutivo mercantil es mucho más ejecutivo que cualquier ejecutivo se va a cobrar con lo que le dimos en garantía entonces también podría garantizarse con otras cosas con los que encuentre en el domicilio fiscal un vehículo no sea archiveros o lo que encontrara por ahí y luego nos van a pedir un aval o entonces para eso también como evaluadores podemos prestar nuestros servicios al zar al servicio administración tributaria para evaluar a los contribuyentes que nos pagaron esos créditos fiscales famosos muy bien ahora quienes podemos realizar esos avalúos para efectos fiscales el reglamento dice los avalúos que se refiere el párrafo anterior deberán ser practicados por los peritos valuadores siguientes 1 instituto de administración y avalúos de bienes nacionales tengan dos instituciones de crédito tres corredores públicos que cuenten con registro vigente ante las secretarías de economía y cuatro empresas dedicadas a la compraventa o subasta de bienes sin embargo siguientes light hay un adendum digámoslo así las famosas misceláneas fiscales y hay una regla miscelánea para el ejercicio fiscal 2019 que la 2.1 punto 38 que nos dice además de los 4 personas que ya mencionó el reglamento del código fiscal federal en su artículo 3º nos dice para los efectos de ese artículo podrán ser recibidos y en su caso aceptados para efectos fiscales los avalúos que practiquen personas que cuenten con cédula profesional de evaluadores así como por asociaciones que agrupan colegios de evaluadores cuyos miembros cuenten con cédula profesional evaluación decide este colegio también podría emitir avalúos mixtas en ambos casos la cédula profesional de evaluadores deberá ser expedida por la secretaría de educación entonces es también otro de las excusas por el cual capacitarnos permanentemente no obtener un grado de especialidad o de maestría nos capacita y nos faculta para expedir avalúos con efectos fiscales muy bien siguiente continuando con el tema ahora sí ya sabemos si somos o no de los peritos autorizados como hacemos ese famoso avalúo regidor para efectos fiscales ya tenemos las dos circunstancias entonces nos dice que los avalúos referidos a una fecha anterior a aquella en que se practiquen se procederá como lo siguiente y bien sencillo por pasos paso 1 se determinará el valor del bien a la fecha y que se practique el avalúo avalúo a tiempo presente ese tiempo perdón pero pues sencillo que voy a evaluar lo que estamos acostumbrados a evaluar es una ampliación de una construcción un segundo piso la casa completa la casa completa un corte y nivelación de terreno la edificación de una barda cualquier cosa puede ser una mejora o una inversión en una construcción bueno nosotros sabemos evaluarlo lo vamos a evaluar como marcan la la metodología que sabemos a tiempo presente ahora hacemos el atento para que sirva como el valor referido paso 2 la cantidad obtenida conforme a la fracción anterior se dividirá entre el factor que se obtenga de dividir el índice nacional de precios al consumidor del mes inmediato anterior aquel que se practique el avalúo entre el índice del mes al cual es referido el tipo y aquí apareció una nueva concepto que es índice nacional de precios al consumidor pero nos está diciendo que esta cantidad lo vamos a tener que dividir conforme un factor vamos es lo rescatable tenemos que determinar un factor con base al índices y aquí nos dice que índices estamos con tenemos que tomar siguiente por favor paso 3 el resultado ya tenemos valor presente dividido entre el factor obtenido conforme a la división de los índices el resultado a lo que se refiere el inciso anterior será el valor del bien a la fecha que el avalúo se ha referido se acabó tan sencillo como es el valuador podrá efectuar ajustes a este valor cuando existan razones que así lo justifique antes de la presentación del avalúo los cuales deberán señalar se expresamente en el mismo documento entonces pues ustedes podrán acotar si hay alguna circunstancia que le dé mayor valor o que le reste valor o que por algunas circunstancias consideren que debió de haberse ajustado de alguna otra manera a lo que hicimos siempre y cuando acoten su avalúo función muy bien siguiente como el término 26 precio al consumidor y hay cosas que nos damos por obvios vamos a irnos al término que es el índice nacional de precios al consumidor finalmente es un indicador económico diseñado específicamente para medir el cambio promedio de los precios en el tiempo mediante una canasta ponderada de bienes y servicios representativa del consumo de las familias urbanas de mexico para medir la inflación eso empezó en 1968 el banco de méxico que es el banco central de nuestro país es de institución independiente cuyo mandato es preservar el poder adquisitivo de la moneda por eso el banco de méxico empezó a hacer este estudio en prácticamente medir la inflación sin embargo hay quienes critican muchísimo este índice nacional de precios al consumidor porque ese no sabe pero no tiene un indicador de enajenación de inmuebles por ejemplo dice cuánto aumentaron las tortillas dos tomas el transporte público y demás como porque voy a tener ese indicador no repercute vivienda o no repercute inmueble sin embargo en la regla y con eso nos vamos a tener que ir solía hacer la encargada de medir el índice nacional el peso del consumidor el banco de méxico pero el 15 de julio del 2011 el encargado ahora es el inegi instituto nacional de estadística geografía que depende del poder ejecutivo quien lo calcula de manera quincenal y mensual en la página web y en el diario oficial de la federación si no metemos también a la página de banxico o barco de méxico también vamos a encontrar la tabla de índice nacional del precio al consumidor la última ajustada puede el año 2018 y cada día 10 si queremos calcular el índice mensual el día 10 de cada mes sale publicado el índice obviamente del mes anterior por eso cuando nos dice que determinaremos un factor nos dice divide el del mes anterior si estamos en octubre dividiremos el de septiembre de 2019 entre el que estamos refiriendo señor cuando terminó de hacer su mejora pues el 15 de agosto de 2012 pues buscó el índice del 15 de agosto de 2012 obviamente no me va a servir el día 15 además agosto del 2012 y ya tengo el índice del mes anterior dividido entre el índice de agosto del 2012 y me va a dar el sector y con eso es el que voy a dividir el valor a tiempo presente de la mejora cuánto valdría la mejor ahorita 120 metros cuadrados de construcción de determinado tipo como queramos usar la metodología lo mejor usamos pues ahora algún libro por ahí otro costo lo que ustedes quieran lo que determinamos el tiempo presente dividido entre ese factor muy bien eso es el índice nacional de precios vamos a poner por aquí siguiente por favor bueno aquí es un ejemplo de cómo viene en la tabla de enero de diciembre es para qué mensaje de fotografía viene nada más hasta agosto y entonces pues nos vamos un índice dividido entre el año que seamos en el mes que corresponda y la división me va a dar el funk publicada por el inef y los días 10 de cada mes de hecho los publican dos veces al mes el 10 y el 25 pero el que tiene efectos para efecto de la tablet sin el que funciona para la tablet es el mensual del día a día muy bien siguiente basta un ejemplo rápido el práctico caso 1 y 20 son casos rápidos que se nos presentan que no tiene mayor dificultad para que el de la mujer una persona vende terreno en la cantidad de 14 millones 560 mil 987 lo aliente a 4 de octubre de 1976 por donación quiere saber cuánto pagaría de pan provisional de 10 en el momento de la venta vamos al siguiente y aquí les puse rápido el cálculo dice fecha de la generación el 10 de octubre de 2019 hicimos este cálculo el señor lo va a vender el 14 millones 560 mil 987 pesos con un centavos y lo adquirió en el 76 a 0 porque se lo donaron cuando eso sucede la ley nos da dos opciones nos dicen si cuando uno adquiere un inmueble lo adquiere a título gratuito porque te lo donaron o porque te lo entregaron te puedes ir al valor del que te lo donó hotel ur2 si lo adquirió me lo donó mi mamá no me lo heredó mi abuelo el que lo llene dado bueno está con la escritura de él que lo adquirió en el año del 50 y ese valor lo voy a entregar a tiempo presente pero también era una opción todos a veces esos valores son tan pequeños que no llegan a formar ni el 10% del valor de enajenación como le sucedió a este señor y resulta que bueno aquí vienen los índices 103 puntos 9 42 entre el punto 0 2 71 del año de 70 nos da un factor de 3800 35.49 82 pero hemos aplicado a 0 con 3 nada entonces la ley que me dice tomen 10% de beneficio con tu 10 como si tuviera costado es de tal suerte que de los 14 millones de los 14 millones 569 87 se toma en 10% que es un millón 456 y de esos que vienen siendo mis deducciones autorizadas porque este señor hasta este momento no le hemos hecho nada ningún avalúo no nos había dicho nada el señor tiene una actividad de 13 millones 104 888 31 y que decía la ley lo máximo que puede dividir su utilidad son 20 entonces un 3 entre 20 655 244 vende un solo señor porque afecta está porque qué tal si estaba casado con sociedad conyugal hay que preguntárselo se dividiría entre dos oa lo mejor exterior tiene varios comprometan es si son varios hermanos de los dueños pues entre este número de personas que sean dueños a que nos ayuda pues que resulta que acá tenemos la famosa tabla los 655 mil 244 le restamos el límite inferior que son 450 y 832 si nos dan 197 112 el porcentaje es el punto 3 quedan 59 mil 133 63 y la cuota fija que se suma son 85 mil 952 que nos dan 145 mil y luego lo multiplicó por los años entre los mismos que los dividimos recuerdan que lo leímos y me dan 2 millones 901 mil 731 pesos con 9 centavos que es lo que tiene que pagar de pago provisional señor por vender su terreno de 14 que lo recibió por donación no es tan barato y bueno aquí hay una situación que nos dice la ley que ya no se los puse pero dice de la utilidad del 5% se lo pagas al estado y lo que resta la federación y entonces pues el 5% de esto fueron 6 55 pero bueno aquí lo que nos importa es que el señor va a pagar 2 millones 901 mil por día resulta que el señor dice que realizó mejoras al terreno el 30 de noviembre de 2002 que construyó una barda porque es un terreno de 20 mil 436 metros 46 centímetros y su guarda en metros cuadrados son 800 47 53 y relleno compacto o corto y niveló el terreno no tengo comprobantes vamos a ver cómo le ayuda al señor esto cuánto se cuantificaría y impactaría el cálculo de 10m siguiente no les estoy poniendo el avalúo porque ustedes todos son expertos en esto pero les voy a poner la médula de lo que tendríamos que hacer ya que determine mis valores resulta que el relleno compactación nivelación de terreno acarreo de materiales producto de la nivelación y la mano de obra de veinte mil cuatrocientos treinta y seis meses con cuarenta y siete centímetros tiene un valor unitario neto actual de 200 pesos este es mi factor del índice que ya está determinado del actual al 30 de noviembre de 2002 ya me salió un factor entonces tengo valor referido unitario de 154 63 67 perdón que multiplicados por los 20 mil 436 me dan 3 millones 160 mil 849 59 y que nos dijo lo mismo código solamente agarro el 80 por ciento aunque lo pongo y también construyó una barda perimetral de 3 metros de altura con muros de block o los cerramientos de concreto la unidad 847 53 creo que pusimos al revés que eran los metros sino el valor 1609 62 el mismo índice porque la misma fecha hizo las dos mejoras resultaron un millón cincuenta y cuatro mil 985 10 y hace un 80 por ciento son 843 1988 08 ahora vamos a ver cuál un hable el impuesto el señor con base a esto que ya le pudimos tomar como deducción adelante mismísimo calculó sus 14 millones el mismo 10 que es un millón 400 aquí le metemos las mejoras que va a tener derecho a deducir que es la suma de las dos conceptos que ahorita hicimos perdón este es uno que está verdad perdón si te quieres regresar 2 528 6 9 7 7 9 james sientes las permanentes el relleno y la compactación aquí este relleno y la compactación y el corte y demás que tengo derecho a ajustar la otra del de regreso el índice fíjense cuando esto no es una construcción de esta naturaleza no se deprecia sólo se ajusta lo vuelvo a ajustar y resultaron tres millones 269 835 a valor presente es correcto y esto es la famosa guarda la barda y se deprecia 3 anual como han pasado seis años completos las fracciones no se toman es el 18% de depreciación se restan quedaron 692 mil 070 pesos con 23 centavos multiplicado de nuevo por el factor inflacionario del índice el principal consumidor me dan 694 mil 916 ahora sí esto más estos tres millones verdad 4 constantes deducciones autorizadas 5 de donde salieron estos cuatro más el millón 456 que tenía el señor del 10% qué utilidad tiene ahora 8 en lugar de los 13 que vimos hace ratito se divide entre el número de años que otra vez 20 que es mi tope bajo la cantidad que es ahora si la ganancia acumulable 447 006 me voy a la tabla menos límite inferior 156 mil más multiplicado por el porcentaje ya nos bajó el porcentaje al punto 23.30 recordarán dan 36.000 más la cuota fija 46 mil me dan 83 mil multiplicados por los mismos 20 años 20 los divide un millón 676 mil 724 sra 22 millones 900 fíjense nuestro avalúo resultó que el señor se ahorró más de 1.300.000 pesos es el caso de ser concepto d mi relación a los correctos en cuanto a los abusos en cuanto a los amargos referidos hay cosas que quedaron abajo pero los de trabajo la reforma entonces ha habido muchos abusos es órgano de los valuadores senegal vida a nación mi recomendación son las tiendas uno que hay el doble de la repercusión que tiene definitivamente pues este señor por supuesto que va a ir encantado ahorrándose 1.300.000 con nuestro baño por eso les digo que a veces uno no sabe si como no paguen medias mil pesos por esto temprano este pero de otra además es precisamente lo que dice el doctor qué sucede con la falsedad de lectura por eso les digo la importancia de la solicitud de servicios donde ellos me dicen a mí valuador que tiene y obviamente mi experiencia me va a decir si existió mansilla ahora el delito de defraudación fiscal nos pega a cualquiera que estemos inmiscuidos en el cálculo de contribuciones por cualquier cosa ya saben que ahora está el delito en banda en las facturas apócrifas imagínense cómo serán nuestros avalúos entonces si yo voy a alguna colonia cuyo terreno es plano y no tiene ningún desnivel y me están pidiendo un corte y nivelación del terreno no lo hagan ahí entra la ética y la moral si es un terreno de ruiz mientras porque finalmente la autoridad fiscal es como cualquiera de nosotros y fiscalmente nuestro dictamen va a estar vigilado o puede ser sujeto investigación con los siguientes cinco años y a lo mejor podría aumentarse a 10 por algunas circunstancias entonces tendríamos que rendir cuentas de lo que estamos haciendo porque vamos a ser llamados por la autoridad y efectivamente como es el doctor ahí cabría la luz o si cabe la voz y ahí es donde entra nuestro servicio un profesional el respaldo de nuestra cédula y demás porque cuando calculan los impuestos los notarios tienen la precaución de buscar el valuador mejor si eres un si es un buen notario porque él tiene la responsabilidad solidaria del cálculo de la contribución porque buscarían un banco porque piensan que tiene más solidez porque buscarían a un corredor público porque la alianza con su caución si hace algo mal se van a ir hasta contra sus propiedades porque tenemos que cuidar nuestras células a aquellos que fuimos incluidos y tenemos cédulas por las mismísimas causa la cédula también podría ser suspendida y el ejercicio de nuestra función también podría ser suspendido si encuentran que los dictámenes están hechos con ligereza o con falta de certeza entonces no quise poner un slide que nos determinará la penalidad que ahora indica en reformas de este año el delito de defraudación fiscal cuidado cuidemos al contribuyente cuidemos nuestra labor cuidemos al notario que está teniendo confianza en nosotros en solicitar el servicio básicamente nuestro cliente es el contribuyente pero en muchas ocasiones el contribuyente no sabe a dónde recurrir y el bid ya notario recomienda ejercer y va a ser que va a recurrir a nosotros qué bueno que tengamos a alguien que tenga confianza con nosotros hagamos las cosas bien y no tan solo escort y nivelación porque después es lo que queda enterrado como dice el doctor cualquier cosa una ampliación de una construcción materiales que estamos determinando que no son los adecuados a veces hay quien dice no importa póngale que al cabo la voy a derruir o la habana de ruiz y ahí es donde nos debería de temblar la mano tan fuerte es el efecto como dijimos deducción autorizada como si fuera una factura imagínense el peso de unas facturas concretas nuestro avalúo es un avalúo apócrifo o es una valor real si es un avalúo real hagamos valer como tal hagámoslo bien conforme a todas estas disposiciones de raíz queremos y vemos certeza y seguridad en el cálculo de una contribución que es crédito fiscal va a estar bien determinar un último caso nada más creo que por aquí se los traje el siguiente rápido nada más para que vean caso 2 s que vimos era un terreno es más mejor en un terreno en el siguiente una persona vende el 50% de una casa este era un matrimonio que se estaba divorciando y uno dice el 50% lo ven te lo vendo a ti lo adquirió en 115 mil pesos el 20 de mayo de 2013 por compraventas y realizó una ampliación a esa construcción una segunda planta creada el 14 de noviembre del 2017 no tiene cómo justificar el costo de la construcción y quiere saber cuánto pagaría de pago provisional de 10 era el momento de la venta una casa obviamente de interés social 115 mil pesos de costado es decir el 100 por ciento las 230 mil pesos vamos a ver el siguiente que sucedió cálculo 29 de marzo de 2019 se calculó esto el precio de enajenación 692.500 y le costó 115 aquí y 4 cuando se incluyen las dos cosas el valor del terreno y de la construcción y no tenemos certeza de cuánto es el de uno y de otro se toma como 20% el valor del terreno 23.000 y 80% el valor de construcción 90 el 2000 el terreno ya vimos que se ha gustado conforme a índices se convierten en 29.000 la construcción 92.000 se deprecian 15 por ciento cinco años setenta y ocho mil doscientos y posteriormente se ajuste y se convierte en 98 mil total de deducciones 127 mil si está vendiendo en 692 500 que la utilidad de 564 mil pesos divididos entre 5 años nos da una losa alguna utilidad acumula se llama de 112 mil 953 que restado de el límite inferior que viene en la tabla de 9.000 el 16% se va indicando que entre menos gano menos pago ya estoy reduciendo la tabla porcentaje de 16.500 pesos más una cuota fija de 8.300 da 9 mil 819 multiplicados por los mismos cinco años que acá dividimos a 49 mil y esos 49 mil pesos del pago 5% al estado y el resto a la aceleración pero aquí no se reflejó la ampliación que hizo el señor del cual nos está pidiendo ayuda vámonos al avalúo siguiente opción este señor es una empresa en aquí no hay mayores términos pero bueno aquí ustedes tendrán que el plan y su avalúo es que construir en qué consistió esta iglesia fue en una segunda planta los duros y demás esquinas no estamos dando el término general resulta que amplió 189 metros con 68 centímetros aquí está sacado del límite 7634 22 este tipo de construcción de la calidad en la que el amplio valor neto actual un millón 391 154 85 el factor que es la división de los índices yo ahorita vimos valor unitario referido aunque fecha 14 de noviembre de 2017 se en 1951 14 para los referidos total un millón 318 4 92 35 pero este señor nada más el dueño del 50 por ciento entre 2 659 2 46 18 y resulta que nada más podemos tomar el 80 por ciento 527 mil 396 94 entonces aplicamos así el siguiente por favor igual lo mismo que ya teníamos hasta ahorita mejor de la construcción los 527 mil 396 94 el 3 por ciento porque nada más pasó un año entero entre la fecha que hizo la ampliación y la que la enajenación 511 mil x el 1.0 6 que vuelve a ser el factor inflacionario de 542 mil pesos por el cuarto en el 27 69 53 y restado la utilidad ya nada más me quedo al señor 22 mil 495 pesos de utilidad otra vez dividida entre 5 dan a 4 mil 499 17 la tabla se bajó al punto 0 1 estamos en el 16 fíjense a la cantidad a la base gravable menos 4800 menos puntos 0 14 49 16 por el punto 192 quedaron 86 pesos manda cuota fija por los cinco años 432 pues entonces se ahorró prácticamente 49 mil pesos entonces esta es la repercusión de nuestro valor referido en un caso fue una ampliación de una construcción en el otro caso fueron mejoras un terreno pero puede ser cualquier cosa lo mejor es la construcción completa muchísimos casos hay quien compró un terreno y posteriormente construyó y al tiempo presente está vendiendo una casa no un terreno y su escritura es un terreno y no tiene costo de construcción pues hay que evaluar la casa completa a tiempo presente y luego hacer la operación que hicimos de valor a seguir pues no quiero aburrir los más éste les agradezco su interés y su atención estoy a sus órdenes y en algún momento tienen alguna duda ellos pudieran apoyar lo que en este caso tengo del año del 84 haciendo este tipo de avalúos la verdad hasta la fecha en este entonces pues no tenía facultades de evaluación no era corredora pública hasta el año del 95 lo fui pero entonces pues yo contrataba a peritos valuadores y les explicaba qué es lo que yo necesitaba porque se usaba esto no entendían mínima este derecho fiscal me permitió digamos descubrir que luego esto ya se hizo muy común pero pues me jacto decir yo creo que fuimos de las primeras notarías públicas en las que encontramos que había posibilidad de utilizar a valor referidos y solicitamos los servicios profesionales de evaluadores y 2 existencia de los mortales a utilizar el valuador no 6 preguntas normalmente la falta de x por eso mismo abusos por parte de grande y él yo creo que son dos cosas 1 a veces es falta de conocimiento de esto que estamos teniendo en un resumen así si yo entiendo esto y tengo la transcendencia y el contenido de por qué es un avalúo fiscal y puedo hacerlo con mayor certeza y dos yo creo que es la responsabilidad y les decía que la figura del corredor público de cierta manera pues para actuar nos obligan a tener una fianza yo como corredora con se afianzó y garantizo con mis bienes personales entonces yo creo que el notario dice bueno un corredor que tiene una cédula pero que si se equivoca lo siento mucho hoy por hoy yo siento que ya no es lo mismo por con todas estas reformas fiscales a cualquiera le temblaría la mano decir me voy a involucrar en un delito de transición fiscal esta dice dura me quitaría lo mejor de como entonces mejor no me comprometo a hacer cosas que no sé pero yo creo que la falta de conocimiento la ligereza por el famoso dicho bendita ignorancia verdad si no sé y no sé la transcendencia pues hago un avalúo que creo que está correcto me copió el formato de otro que dice y se acabó cuando realmente la transcendencia imagínense que fuera de inciertas que fueran falsas por decirlo correctamente las mejoras en ese terreno que le están ahorrando y lo digo entre comillas y subrayado al cliente un millón trescientos mil pesos el fisco va a decir así lo hiciste lo hiciste mal no era pues hay un crédito fiscal más multas y recargos por los siguientes tres cuatro o cinco años cuando lo descubrió entonces van en la responsabilidad del notario que lo cálculo para tener responsabilidad el contribuyente va a tener responsabilidad del perito pero yo creo que estas son las dos cosas yo creo que conforme hagamos las cosas cada vez más yo sí he visto con mucha más frecuencia este quien recurre a cualquier otro perito autorizado con cédula porque antes también pues no se tenían celulares ahora sí que publicitarnos nueva que si tenemos celular que tenemos conocimiento que sabemos la trascendencia y entendemos digamos el temor del notario público de calcular de manera correcta el impuesto y pasando en una deducción perfectamente sólida básicamente sí alguna otro comentario duda sigue una vez que está hecho benito para mí pero las constantes la verdad el perfil que tenemos nosotros como evaluadores nos da la posibilidad de serlo por eso me lo traje aquí es sencillísimo hacer este cálculo ya no tiene una ciencia media no es que necesito ser contador yo soy abogada central claro me la 400 números de la vida que fue llevado por otro lado sin embargo no estoy pelear con los números del 1 pudieran estar peleado con los números pero realmente el cálculo es bastante rápido yo fíjense que antes de hacer un avalúo ya que me lo platicaron y ya que medio lo cuantifica hago el cálculo definitivamente lo obligado a hacer el cálculo es el notario pero que tanto me costaría me dejarías erecto como para no saber la repercusión inclusive para cobrarlo y estaba en el ejemplo pero yo les digo los factureros famosos y que hacen facturas apócrifas pues cobran del 46 por ciento del monto de sus facturas y nosotros cuánto cobramos al día es concientizarlos de hacer las cosas porque nosotros si estás haciendo algo verdadero con un documento sólido por eso hay que aprenderlo para hacerlo bien y el que lo sabe se vino a comprar bien adelante qué tan regular sí ok sí definitivo definitivo éste normalmente el notario volviendo al punto que es el que va a estar haciendo este cálculo cuando ya le llegó la operación a él definitivamente va a decir bueno si originalmente había 200 metros de oro y cuando compró el señor y ahorita en 350 pero tengo 150 metros con las 12 al si definitivamente ahora hay quien dice es que yo compré un terreno campestre y nunca regular hice pero tengo alberca palapa y lo demás yo primero le digo regularicen si no de nada le sirve el avalúo porque no lo va a poder deducir de dónde le va a salir al notario el hecho generador del proyecto fiscal que es la construcción como deduzco de forma autorizada algo que no existe legal oficialmente si hay que regularizar o tener hay alguna otra ha sido solamente para felicitarlos muchas gracias doctor estoy a sus órdenes reitero a ponerme a su disposición y si pudiera apoyarlos en algo en su labor pongo mi mi experiencia su servicio con muchísimos puntos o sin como no lo tenemos aquí en el colegio y se me coma tiene también va a tener los archivos entonces si alguien tuviera alexia con muchísimo gusto articulamos con ustedes muchas gracias los amplios conocimientos donde las americanas de proyectos de evaluación otro represente reconocimiento a la conferencia